2010 Enero

Corporación Interés Público, en representación de las víctimas, alcanza un inédito acuerdo en que el Estado de Chile reconoce su responsabilidad en la violación de los derechos de los denunciantes, pide disculpas a las víctimas y compromete medidas de reparación.

Hoy miércoles 20 de enero de 2010, la Corporación Interés Público suscribió un acuerdo de Solución Amistosa con el gobierno que pone término al proceso tramitado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Chile por violación de los derechos humanos de un grupo de ex funcionarios de Carabineros de Chile y sus cónyuges.

El acuerdo fue suscrito en representación del Estado por la Subsecretaria de Carabineros, Javiera Blanco, el General Subdirector de Carabineros, Gustavo González, y la Directora de Derechos Humanos de la Cancillería, Carmen Hertz.

Por las víctimas firmaron el ex funcionario de Carabineros, Sr. Mario Araya y su cónyuge, Sra. Gloria Ponce, además de los abogados de la Corporación Interés Público en su calidad de peticionarios ante la Comisión Interamericana y representantes de las víctimas, Sres. Domingo Lovera y Sergio Espejo.

Los hechos que motivaron las denuncias se remontan al año 1998, fecha en la cual un grupo de mujeres casadas con funcionarios de Carabineros de Chile, fueron duramente reprimidas y procesadas por la justicia militar tras realizar una manifestación pública por los bajos sueldos de sus maridos. Como consecuencia de lo anterior, los funcionarios de Carabineros que eran cónyuges de las manifestantes fueron sometidos a un proceso de calificación arbitrario y contrario a los derechos que les otorgaban tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el país, para ser posteriormente exonerados.

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El pasado 07 de enero de 2010, la Corporación Interés Público presentó una solicitud de información pública ante la Subsecretaría de Relaciones Exteriores. La información requerida dice relación con la totalidad de los casos en que el Estado de Chile es parte ante organismos internacionales de Derechos Humanos.

En particular, se solicitaron antecedentes relativos a las causas que se sustancian en el Sistema Regional de Protección de Derechos Humanos (esto es, la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos) y en el Sistema de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

La posibilidad de contar con los datos requeridos cumple un doble objetivo para la Corporación Interés Público. El primero, tiene que ver con que para nuestra institución es de gran relevancia contar con información fidedigna (sobretodo oficial) acerca del estatus actual de los procedimientos sobre Derechos Humanos que el Estado de Chile actualmente tramita en el seno de los diversos organismos internacionales. Esto, claramente nos permite un desarrollo certero de una de nuestras de interés, como lo es la Responsabilidad del Estado. Por otra parte, se logra dar un adecuado cumplimiento de la Ley de Acceso a la Información, la cual otorga la posibilidad a cualquier persona de recurrir ante los organismos públicos y requerir información que no tenga el carácter de confidencial.

El día miércoles 6 de enero Carlos Pizarro, Director y Socio Fundador de la Corporación Interés Público concurrió a la Cámara de Diputados a exponer el Proyecto sobre Uniones Civiles. Este proyecto fue presentado por los diputados Saa, Silber y Rossi, basado de manera exclusiva en el trabajo realizado por los profesores Mauricio Tapia de la U. de Chile y el citado profesor Pizarro Wilson, salvo algunas modificaciones menores. La exposición se centró en la necesidad para Chile y, en particular para las convivencias homosexuales de contar con una regulación patrimonial de sus bienes.

El presente proyecto aporta una respuesta global a las parejas de hecho, proponiendo un marco jurídico flexible que reconoce, a las parejas que decidan adherir, consecuencias específicas. El Pacto de Unión Civil constituye para los contratantes que lo suscriban una fuente generadora de derechos y obligaciones. Se trata de una institución novedosa para el ordenamiento jurídico nacional, pero de amplia aceptación en el derecho comparado. En ningún caso debe entenderse como un sucedáneo del matrimonio civil, pues carece de los efectos personales propios de la institución matrimonial, siendo, además, posible su ruptura por la decisión unilateral o compartida sin intervención de los tribunales de justicia. Pero, tampoco debe considerarse como una simple regulación del concubinato, pues contiene una regulación más compleja y está revestido de un valor simbólico para las minorías sexuales, quienes podrán, a través del Pacto de Unión Civil, adquirir el reconocimiento de una forma de vida en pareja hasta ahora ignorada por el Estado.

En suma, el Pacto de Unión Civil pone fin a una lógica de exclusión de las parejas de hecho, tanto homosexuales como heterosexuales, dándoles un reconocimiento social.

Para la Corporación Interés Público, la aprobación del mencionado Proyecto importa un significativo avance en materias de igualdad y no discriminación, áreas que constituyen uno de los principales focos de interés de la Corporación.

Revisa el Proyecto de Uniones Civiles en http://www.udp.cl/derecho/derechoshumanos/publicaciones/proyecto_uniones_civiles_pl_final.pdf